Atento a lo dispuesto en el artículo artículo 598 del Código Federal de Procedimientos Civiles, el Instituto Mexicano de Arbitraje (IMA) elabora, presenta y defiende amicus curiae ante juzgadores mexicanos que ventilen cuestiones de derecho arbitral o mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC).
El objetivo del amicus curiae es actuar como amigo de la corte: colaborar con el Poder Judicial en el análisis y adjudicación de cuestiones de derecho arbitral y MASC.
1- Al enterarse de que está siendo ventilada una cuestión de derecho arbitral sobre la cual es conveniente hacer un pronunciamiento, el IMA forma un equipo de redactores que estén interesados en el tema.
2- En el equipo de redacción no puede participar persona alguna que tenga interés concreto alguno. No pueden ser parte quienes estén patrocinando el caso, quienres no tendrán injerencia alguna en el tema.
3- El contenido del amicus está guiado exclusivamente por la recta interpretación y aplicación del derecho arbitral y de MASC. Una que se nutra de la experiencia comparada: del sistema arbitral internacional
4- El escrito contendrá lo siguiente:
(1) Será conciso.
(2) Se referirá a la cuestión jurídica de derecho arbitral que esté siendo ventilada, comentándola desde la perspectiva de una aplicación correcta de derecho arbitral. Una que se nutra de la experiencia comparada: del sistema arbitral internacional
(3) De una manera deferente, hacer sugerencias.
5- Miembros del IMA (particularmente del grupo de redacción) se pondrán a las órdenes del juzgador en cuestión para comentar el contenido del amicus curiae y resolver cualquier duda que pueda existir.